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México

Amplían hasta marzo de 2024 plazo para regularizar 'chocolates'

Conoce qué modelos puedes regularizar y cómo llevar a cabo este proceso.

Amplían hasta marzo de 2024 plazo para regularizar 'chocolates'

Publicado el

Por: Carlos García

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VICTORIA, Tamaulipas.- Este viernes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la modificación al decreto que fomenta la regularización de vehículos de procedencia extranjera, mediante el cual se amplía este plazo hasta el próximo 31 de marzo de 2024.

Durante la conferencia 'mañanera' el presidente de la República también adelantó el anuncio.


¿Cómo puedo regularizar un auto de procedencia extranjera?

 Las personas interesadas en regularizar un auto extranjero deben llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. Generar una cita en la siguiente página web: www.regularizaauto.sspc.gob.mx
  2. Ingresar al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para obtener una línea de captura y realizar el pago de 2 mil 500 pesos. Obtén aquí tu línea de captura.
  3. Acudir a la cita en los módulos del Registro Público Vehicular (Repuve) más cercano con la documentación requerida.

En Tamaulipas operan 13 módulos del Registro Público Vehicular en Reynosa (2), en Matamoros (2), al igual que en Nuevo Laredo y un módulo en los municipios de Valle Hermoso, Río Bravo, San Fernando, Tampico, Victoria, Mante y Díaz Ordaz, respectivamente.

¿Qué tipo de vehículos puedo regularizar?

Pueden ser regularizados modelos 2017 y anteriores, fabricados o ensamblados en México, Estados Unidos y Canadá; además de Asia y Europa, cuya serie inicie con letra.

Vehículos deportivos o de lujo no podrán ser regularizados. 

Tabla. Autos que no pueden ser regularizados.

También podrán ser regularizados vehículos de transporte para 10 personas, incluidos híbridos. A excepción de vehículos de lujo, eléctricos, trimotos y cuadrimotos con dirección de automóvil.

Asimismo vehículos para el transporte de mercancías, incluidos aquellos para el transporte de mercancía usados de peso total con carga máxima inferior o igual a 5 toneladas. A excepción de trimotos, cuadrimotos con dirección tipo automóvil y acarreados de escoria.

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